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SUSPENSO EN CALIDAD DEMOCRÁTICA AL AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA
En relación con una queja, presentada por la Portavoz del grupo popular -Pilar Martínez ante el Defensor del pueblo, por no recibir la información municipal solicitada, la institución dice al Ayuntamiento:
“Esa Administración en lugar de responder a la interesada sus escritos, ha guardado silencio. Ello, independientemente de que la memoria todavía no esté elaborada, ya supone per se una actuación contraria al principio de eficacia que ha de presidir toda actuación administrativa de acuerdo con los artículos 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y 103 de la Constitución Española. Y es que, como ya tiene dicho esta institución, el principio de eficacia exige de las administraciones públicas que se cumplan razonablemente las expectativas que la sociedad legítimamente les demanda, entre ellas, el deber de resolver expresamente las peticiones y reclamaciones que le presenten los particulares, ya que para que los ciudadanos puedan ejercer una adecuada defensa de sus derechos se requiere tener conocimiento de la fundamentación de las resoluciones administrativas, la falta de resolución lo que comporta es indefensión e inseguridad jurídica.
Además, la interesada al solicitar la información como concejal de la corporación está ejerciendo su derecho a la participación política reconocido en el artículo 23 de la constitución en la medida en que el derecho a obtener información puede calificarse de instrumental respecto a dicho derecho fundamental.
Ha de saber que la función de participación en el control del gobierno y el derecho a obtener la información necesaria forman parte del núcleo esencial del derecho de representación en los asuntos públicos del concejal, de modo que ese Ayuntamiento ha de ser especialmente riguroso en garantizar a los concejales el acceso a la información a la que tienen derecho en los términos previstos en la ley”.
Así mismo el Defensor del Pueblo ha resuelto dirigir al Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón las siguientes observaciones:
- Ante todo, se constata la veracidad de los hechos denunciados por la interesada. Efectivamente de la información aportada por ese Ayuntamiento se desprende que la memoria solicitada en fecha 15 de octubre de 2019 aún no ha sido redactada ni por tanto remitida a la concejala solicitante.
- Esta institución entiende que la elaboración del documento pueda sufrir cierto retraso y más aun teniendo en cuenta las limitaciones que la crisis sanitaria y el estado de alarma han implicado para el funcionamiento regular de las administraciones durante un cierto tiempo. Pero ese Ayuntamiento ha de tener en cuenta que la interesada tiene derecho a recibir contestación a sus escritos presentados los días 10 de julio de 2019 y 15 de octubre de 2019″.
Por otro lado, el grupo Popular acaba de presentar una reclamación administrativa con motivo de la aprobación de la Cuenta General de 2019, reclamación de la que ya informaremos por tratarse de un diagnóstico de lo que esta ocurriendo en nuestro Ayuntamiento, hoy viene al caso lo que extraemos textualmente:
Estos hechos nos parecen un suspenso para el equipo de gobierno, estilos como estos deberían ser reprochados por todos los grupos políticos de la corporación municipal, sin embargo, Mas Madrid, Vox, PSOE, Cs y el concejal independiente Sr. Navarro, mantienen su pacto político sin recriminación, ni disimulo alguno.